Bombero

¿Por qué elegir esta Oposición?

Podrás hacer realidad tu sueño de tener un trabajo estable para toda la vida. Como Bombero de una Administración Local contarás con máxima estabilidad laboral, buenas condiciones y excelente remuneración. Además, las funciones que desarrollarás son muy variadas y de marcado carácter social, entre ellas podemos destacar las siguientes:

  • Función preventiva encaminada a evitar las circunstancias que provoquen un incendio.
  • Función de extinción y acción directa contra el incendio que no se ha podido evitar.
  • Función general de protección y salvamento, que engloba una serie de actuaciones más o menos específicas encaminadas a evitar situaciones difíciles o de riesgo. Estas no solo irán dirigidas a las personas, sino también a sus bienes, propiedades, etc.
  • Cualquier tarea para la que sean requeridos: inundaciones, explosiones, rescates, personas atrapadas etc.

Requisitos

  • Nacionalidad: Tener la nacionalidad española o la de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo.
  • Edad: Tener cumplidos los dieciocho años (no suele haber límite de edad superior, pero la entidad local convocante puede poner el limite de edad superior que estime).
  • Titulación: Cada localidad o región puede exigir una titulación diferente. En muchos municipios la titulación exigida es Graduado Escolar o Formación Profesional de primer grado equivalente. Sin embargo, por ejemplo, en el Ayuntamiento de Madrid exigen el Bachillerato o equivalente y la plaza se denomina “bombero especialista” desde 2008.
  • No padecer una enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de sus funciones.
  • No haber sido condenado por delito doloso ni separado del servicio del Estado, de la administración autonómica, local o institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
  • No hallarse incurso en causa de incapacidad o incompatibilidad específica.
  • Poseer la aptitud psicofísica adecuada.
  • Como norma general, se deberá estar en posesión del permiso de conducir de la clase B. Pero se pueden exigir el B y C e, incluso, pueden llegar a exigir el carnet C+E.

Examen

  • Primer ejercicio (obligatorio y eliminatorio). Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas de carácter teórico y práctico sobre el temario.
  • Segundo ejercicio (obligatorio y eliminatorio). Consistirá en contestar un cuestionario de carácter psicotécnico.
  • Tercer ejercicio (obligatorio y eliminatorio). Consistirá en realizar pruebas físicas (natación, carreras, saltos).
  • Cuarto ejercicio (obligatorio y eliminatorio). Dependiendo de cada ayuntamiento y de cada convocatoria pueden requerir una prueba de carácter práctico como oxicorte, escalera, etc.

Temario

  • Temas comunes relativos a:
    • Constitución Corporaciones locales.
    • Comunidad Autónoma y proceso.
    • Administrativo.
  • Temas de carácter práctico relativos a:
    • La naturaleza del fuego.
    • Los distintos agentes extintores.
    • Incendios forestales.
    • Primeros Auxilios y protección civil.

*Este tipo de examen es orientativo ya que cada entidad convocante puede establecer las pruebas que considere oportunas. Los requisitos también pueden variar en función de la entidad convocante. En algunas Comunidades Autónomas pueden exigir una prueba de conocimiento de la lengua cooficial.

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